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¿Sufrió daños sustanciales su propiedad en 2007?

Usted pudiera descontar una porción de las pérdidas no aseguradas en su declaración de impuestos; Documente las pérdidas no indemnizadas, incluyendo los deducibles, indica el I.I.I.


INSURANCE INFORMATION INSTITUTE
Oficina de Prensa
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NEW YORK, 14 de marzo de 2008 — Con la llegada de la temporada de impuestos, los contribuyentes registran sus archivos en búsqueda de elementos que hayan producido ganancias o pérdidas durante el año. Si usted sufrió pérdidas a su propiedad personal que no están cubiertas por completo en su seguro, una porción de estas que no hayan sido reembolsadas podrían deducirse de su declaración fiscal, indica el Insurance Information Institute (I.I.I.).

"Si su casa, auto, bote o alguna otra propiedad costosa sufrió daños por tormentas, fuego, inundación, vandalismo o por un siniestro inesperado o desastre natural, usted pudiera deducir de sus impuestos la porción de dicha pérdida que no fue indemnizada por su seguro”, indica Jeanne M. Salvatore, vicepresidente de asuntos para el consumidor y portavoz del I.I.I.

Para calificar para esta deducción, las pérdidas casi siempre deben ser cuantiosas y deben estar respaldadas con la documentación pertinente.

“Por lo general, puede deducir las pérdidas de propiedad mayores al 10% de su ingreso bruto ajustado (adjusted gross income - AGI), menos cien dólares”, indica Anthony Orlando, de la firma de contadores Feuer and Orlando LLP, con base en Nueva York.

"Si su propiedad está dedicada para negocios, las reglas que se aplican son diferentes y es muy importante que consulte con un preparador de impuestos que le brinde asistencia”, acota Orlando.

”Busque todos los recibos de los gastos incurridos, los estados de cuenta y comunicaciones que recibiera del seguro junto con cualquier reembolso de este, denuncias o informes policiales (si aplican en su caso), así como cualquier otra documentación que crea pertinente, y lleve estos papeles a su preparador de impuestos para que determine si califica”, indica Salvatore.

Según Anthony Orlando, los gastos médicos que excedan un 7,5% de su ingreso bruto ajustado también califican como una deducción a sus impuestos.

Si usted prepara personalmente sus propios impuestos, asegúrese de revisar en el sitio Web del IRS, el folleto en español Publicación 547 (SP), con información sobre Hechos Fortuitos, Desastres y Robos -Casualties, Disasters, and Thefts (Business and Nonbusiness)- así como Publication 502 (en inglés), sobre gastos médicos y dentales en 2007. Además, puede contactar la oficina de impuestos del estado donde reside, de modo que obtenga detalles adicionales y los lineamientos del estado sobre esta deducción.

Quienes preparen los impuestos por su cuenta, deben revisar la información sobre Pérdidas Personales por Desastres y Robo (Nonbusiness Casualty and Theft Losses), así como la Publicación 502 del Internal Revenue Service (IRS) sobre gastos médicos y dentales, actualizada al 2006, disponible en el sitio Web del IRS. Además, pueden contactar a la oficina de impuestos del estado donde residen, de modo que obtengan detalles adicionales y los lineamientos del estado sobre esta deducción.

Para más información respecto a los seguros, visite la sección En Español del I.I.I.

El instituto pone a su disposición de forma gratuita y para bajar a su propio computador, un programa para realizar un inventario de las pertenencias de su casa, en Know Your Stuff.org. Así, los consumidores podrán hacer un seguimiento del valor de sus pertenencias personales cuando hagan un reclamo a la aseguradora y documentar cualquier pérdida o porción que no sea indemnizada por el seguro.

Para descargar un audio, visite Recomendaciones del I.I.I. para reclamar pérdidas no aseguradas en la declaración de impuestos.


El I.I.I. es una organización sin fines de lucro dedicada a la difusión de información y respaldada por la industria de seguros.

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