¿Necesito comprar algún tipo de seguro si alquilo una vivienda para pasar las vacaciones?

Alquilar una vivienda cuando se va de vacaciones puede significar un gran escape de la rutina, ya sea esta una cabaña en la montaña, una casa de playa o un apartamento en una ciudad de moda. Seguramente usted llevará consigo un número de cosas que va a necesitar como serían la lencería, equipos deportivos, aparatos electrónicos como su computadora y otros enseres, así como cámara de fotos y posiblemente algunas joyas además de sus maletas de ropa para el tiempo que estará allí. Para que tenga tranquilidad y disfrute sus vacaciones, primero considere qué tipo de riesgos puede correr y que seguros – ya sea que los tenga o que necesite agregar – cubren sus pertenencias fuera de su residencia principal.

Posiblemente usted ya tenga ciertas coberturas

La buena noticia es que los seguros de propietarios de vivienda y de inquilinos tiene lo que se conoce como cobertura “fuera de la residencia principal” o “off-premises coverage” en inglés. Esto significa que sus pertenencias personales están cubiertas estén dentro de su residencia personal o fuera de esta, mientras estén con usted, por ejemplo, si estas resultan dañadas o se las roban mientras usted está de vacaciones, ya sea que estén en su carro o en una casa vacacional que haya alquilado temporalmente. Esta cobertura incluye las mismas circunstancias de pérdidas que cubre dentro de su casa, es decir, si usted tiene cobertura contra robos, incendios o tornados, esas mismas aplicarán a sus pertenencias fuera de casa. Lo que no está incluido es si las pertenencias se dañan o se estropean mientras están en tránsito.

Pero ¡cuidado!

Algunas pólizas de propietarios y de inquilinos tienen un límite del 10% de la cobertura para sus pertenencias cuando están fuera de la residencia principal. Por ejemplo, si su cobertura para pertenencias personales bajo la póliza de propietarios de vivienda es de un máximo de $100.000, la cobertura máxima aplicable a las pertenencias cuando están fuera de la casa sería de $10.000. Revise su póliza de seguros o pregunte a su agente de confianza cómo funciona específicamente con su póliza. Si le parece que el monto de cobertura fuera de la residencia principal es muy bajo para sus planes, hable con el agente que le proponga opciones; por ejemplo, pudiera aumentar los límites de la cobertura o adquirir algún anexo separado.

Para facilitarle el cálculo de cuánta cobertura necesitaría fuera de su residencia principal, haga un inventario de las cosas que se va a llevar durante las vacaciones y así además tendrá documentación de estas si hay un desastre y necesita presentar una reclamación al seguro de su casa.

Considere agregar un Anexo a sus actuales pólizas de seguros (de propietarios o de inquilinos)

Si usted viaja con frecuencia o con objetos que son costosos, como joyas, instrumentos musicales, equipos deportivos y otras cosas caras, considere agregar un anexo o floater (también conocidos como un endoso que en inglés se conoce como “endorsement”) ya sea a su póliza de propietarios o de inquilinos. Este anexo suplementa la cobertura de su póliza y da coberturas de montos específicos para las cosas que son costosas, sea que esté de vacaciones o cuando estén en su residencia principal. Con un anexo además usted tendrá cobertura para cosas caras que pudieran perderse o desaparecer sin que usted se percate a tiempo (desapariciones sin explicación o misteriosas) que extienden cobertura si usted pierde el objeto asegurado bajo el anexo.

Dependiendo del tipo de póliza que usted tenga, sus posesiones pueden tener cobertura de reemplazo o cobertura de valor actual o valor real. La cobertura actual o de valor real le indemnizará el valor de sus pertenencias menos la depreciación pro los años de uso que tenga. La cobertura de reemplazo le indemnizará el valor de reponer el artículo sin sustraer el monto de la depreciación acumulada. Y también recuerde que no importa cuál de los dos tipos de indemnización seleccione, siempre tendrá que calcular el deducible seleccionado, es decir, la parte de la indemnización que usted paga primero antes que el seguro se active.

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