El I.I.I. responde a las preguntas más comunes sobre los seguros tras el paso del huracán Isaac

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NEW YORK, 6 de septiembre de 2012 Las compañías aseguradoras ya han enviado peritos tasadores que están ayudando a determinar los destrozos causados por el Huracán Isaac en la zona del Golfo. Las personas que hayan sufrido daños más severos recibirán atención primero y los casos serán atendidos según su severidad. Además de determinar los daños y definir los montos a pagar, los tasadores también responden las preguntas de los consumidores acerca de cómo funcionan los seguros después de un huracán o desastre natural. Para ayudar a entender esta etapa del proceso de los seguros, el Insurance Information Institute lista respuestas a las preguntas más comunes en estos casos.
 
1. ¿Tengo cobertura para los daños de mi casa causados por los vientos del huracán?
El seguro estándar de propietarios de vivienda ofrece cobertura para la estructura de la vivienda y para el contenido de la misma por causa de huracanes, tormentas tropicales, vientos fuertes y tornados. También hay una cobertura para otras estructuras como pueden ser: una glorieta o gazebo, una piscina, el cobertizo de las herramientas y otras estructuras en su propiedad.
 
2. ¿Mi seguro de inquilinos cubrirá los daños causados por el huracán?
Una póliza de seguro de inquilinos (renters insurance) cubre los daños causados por un huracán a las pertenencias personales. El daño que sufra la estructura o edificio, como paredes, pisos, etc., corren por cuenta del seguro del propietario de la vivienda o edificio.
 
3. ¿Qué cobertura para inundaciones está incluida en el seguro de propietarios y cómo maneja la aseguradora si hay que hacer una reclamación por daños de vientos y de inundación?
Por lo general, las inundaciones NO están cubiertas bajo las pólizas estándares de propietarios y de inquilinos. La cobertura para daños por inundación está disponible a través del Programa Nacional de Seguro de Inundación (National Flood Insurance Program - NFIP), y de algunas aseguradoras privadas. El seguro de inundación cubre los daños resultantes por inundaciones producidas por lluvias fuertes y prolongadas, por marejadas costeras o por el agua arrastrada por el huracán (hurricane surge), y por las inundaciones creadas porque se desploma una represa o muro de contención. El programa NFIP provee de cobertura hasta $250.000 para los daños a la estructura y de un máximo de $100.000 de cobertura para las pertenencias personales. Las personas que necesiten o requieran de una cobertura adicional de seguros de inundación además de la del NFIP, pueden obtenerla de algunas aseguradoras especializadas privadas. Para más información sobre daños por inundación puede ver el video ¿Sabe qué pasa si se inunda su casa?.
 
4. Vivo en un edificio de propiedad horizontal o condominio ¿Tengo cobertura de seguros contra huracán para mi vivienda?
Si usted tiene una póliza de seguros de propietarios o una póliza para propietarios de condominios, su unidad tendrá cobertura para los daños que el viento o la lluvia pueda causar al interior de su vivienda y sus pertenencias personales. La póliza de seguros de la Asociación de Propietarios de su edificio suele proveer cobertura para las paredes externas de su unidad, el techo, etc. y algunas veces incluye los sistemas eléctricos, de plomería, ventanales, etc. Pero el propietario de la unidad de condominio suele ser responsable por daños que afecten las cosas internas de la unidad como serían los gabinetes del baño o la cocina, lavaplatos, electrodomésticos empotrados, etc. La póliza de la asociación responderá por los daños a las áreas comunes como la recepción, los ascensores, el cuarto de máquinas o de la basura. Lea las coberturas que otorga la póliza del edificio, conocida como la Póliza Maestra (Master Policy) y cerciórese que no hay vacíos de cobertura al combinar la póliza de la asociación con su póliza propia.  
 
5. ¿Hay cobertura contra las inundaciones dentro de la póliza de seguros de condominios? Los daños por inundación que sufra su edificio estarán cubiertos por la póliza de seguros de inundación que haya adquirido la Asociación de Propietarios, ya sea a través del NFIP o de una aseguradora privada. La póliza de inundación repondrá los daños sufridos por la estructura del edificio, incluyendo las áreas comunes, pero no cubre los daños que en el interior de las unidades del edificio o sus contenidos, sean de los propietarios de las unidades o de los inquilinos de la misma. Los daños a los bienes personales de los propietarios de las unidades o de los inquilinos de las mismas, estarán cubiertas por las pólizas de inundación que ellos adquieran para sí mismos.
 
6. Mi auto se inundó con la tormenta ¿está cubierto?
Los daños de inundación a los vehículos están cubiertos si usted adquirió la porción extensiva o para otros daños de la póliza de seguros de autos. Como esta porción es opcional para el propietario de autos, dependerá si usted la compró o no.
 
7. Se cayó el servicio eléctrico y la comida en el refrigerador se estropeó ¿está esto cubierto? Algunas pólizas reconocen un monto específico por estas pérdidas que puede estar entre $250 y $500, por aparato refrigerador, cuando se trata de un huracán o tormenta. Corrobórelo con su aseguradora porque las pólizas de cada compañía son diferentes.
 
8. Si hago reparaciones provisionales a la vivienda, ¿las reconocerá el seguro y me reintegrará lo gastado?
La mayoría de las pólizas reintegran los gastos razonables que Ud. incurra en reparaciones temporales que evitan mayores daños o destrozos adicionales, usualmente hasta un monto específico. Averigüe cuánto es esa cantidad en su caso específico y guarde los recibos de todos los gastos para que los presente con la reclamación y ese dinero le sea reembolsado.
 
9. Si un árbol cae encima de mi casa ¿tendré cobertura?
Si un árbol o rama cae en su casa, los daños que cause  y causa daños a la estructura y el contenido, esos daños estarán cubiertos por el seguro. En estos casos también reconocerán un monto para pagar por remover el árbol de encima de la casa. Si un árbol cae en su propiedad pero no afecta ninguna estructura, generalmente no hay cobertura para remover el árbol. Sin embargo, algunas aseguradoras reconocen este costo si el árbol caído obstruye el acceso a la vivienda o está en el camino de una rampa de acceso para sillas de ruedas. Esto varía según las pólizas, así que necesitará consultar a su agente. En algunas ocasiones, si el árbol caído estaba plantado en la propiedad de un vecino, su seguro pudiera contactar a la aseguradora del vecino y tratar de recuperar los daños pagados en un proceso que se conoce como subrogation. A veces sucede que el árbol no estaba bien mantenido o estaba enfermo. Si su aseguradora recupera dinero del seguro del vecino, usted pudiera recibir un reintegro de su deducible. Para más detalles de la cobertura que aplica en el caso de los árboles caídos, vea el video: Los árboles y su seguro de vivienda.  
Los autos dañados o destruidos por un árbol derribado estarán cubiertos bajo la porción opcional de la póliza de seguros de auto conocida como extensiva (comprehensive) o para otros daños.
 
10. Mi casa quedó inhabitable. ¿Es cierto que la póliza de seguros cubre los gastos temporales de vivienda? 
La mayoría de las pólizas de seguros de propietarios y de inquilinos proveen para lo que se conoce en inglés como “Additional Living Expenses” que son aquellos gastos extraordinarios que usted incurra porque tiene que vivir fuera de su casa mientras ésta está siendo reparada por daños sufridos por el huracán o por otras pérdidas cubiertas en la póliza. El monto para estos gastos suele ser del 20% del valor total del seguro de la propiedad. Unas aseguradoras limitan los gastos reconocidos bajo ALE a los incurridos en un período de tiempo determinado y limitado, por ejemplo, un año o dos años como máximo. Otras aseguradoras no tienen límite de tiempo mientras se están haciendo las reparaciones. Su casa deberá haber sufrido una pérdida o daños físicos para que esta cobertura entre en vigencia. Revise con su aseguradora o agente de seguros cuál es la cobertura exacta en su caso y guarde todos los recibos de esos gastos para obtener su reintegro.
 
11. ¿Están los costos de evacuación incluidos en la cobertura de mi seguro?  
Depende si esto está estipulado en su póliza. Cuando se trata de una evacuación obligatoria, los gastos incurridos pudieran estar cubiertos bajo ciertas condiciones. Pero típicamente, debe existir daño físico en la vivienda para que esta cobertura entre en vigencia. Averigüe las condiciones que rigen en su póliza.
 
12. Mi póliza dice que tengo un deducible en la forma de un porcentaje por daños por huracán. ¿Cómo se cuánto es el monto exacto de mi porción de los costos de los daños?
La página de “declaraciones” (declaration page) de su póliza, donde se describen las coberturas, indica el monto exacto de su deducible de huracanes. La decisión de si se aplica o no el deducible de huracanes para una reclamación específica depende de varios factores que “disparan” o activan ese deducible, varían según el estado de residencia y según la aseguradora, pero usualmente depende de la velocidad alcanzada por los vientos durante un huracán. Los deducibles por huracanes están presentes en las pólizas de propietarios de viviendas de 18 estados en la costa del Este y la costa del Golfo y el District of Columbia. Consulte con su agente y entienda exactamente las situaciones en las que se disparan estos deducibles para su póliza particular.
 
13. ¿Es cierto que como propietario se puede obtener un préstamo para desastres a bajos intereses del Small Business Administration (SBA)? ¿No son estos sólo para quienes tienen negocios?
Si, el SBA provee de préstamos de emergencia a bajos intereses para los propietarios, inquilinos, dueños de negocios de cualquier tamaño, inclusive para los caseros, asociaciones sin fines de lucro, etc., que hayan sufrido daños por un desastre natural y no tengan suficiente cobertura de seguros u otra fuente de compensación para hacer frente a las reparaciones.

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